Lic. Carlos García Fernández
Titular de la COFEMER
Presente
Me
dirijo atentamente usted ejerciendo mis derechos como consumidor para
demandar que los productos orgánicos sean claramente identificados como
tales, estableciendo las siguientes características del producto:
“Artículo 42.-
En el etiquetado de los productos orgánicos se deberá asentar el número
de certificado orgánico, el número de identificación del organismo de
certificación expedidor, así como la mención de que el producto se
encuentra libre de organismos genéticamente modificados.”
Este etiquetado claro me permitirá ejercer mi derecho a la información y mi libertad de elección como consumidor. Atentamente, (agregue su nombre)
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Los
invitamos a escribir URGENTEMENTE a la COFEMER para que el Artículo 42
del anteproyecto de Reglamento de la Ley de Productos Orgánicos se
quede como está redactado, es decir que los productos orgánicos se
etiqueten como libres de trangénicos y NO sea modificado como exigen
los empresarios.
Manden una carta como la que les proponemos a:
Alfonso Reyes 30, piso 8,
Col. Hipódromo Condesa,
C.P. 06140, México, D.F.
Fax (55) 57299100 ext. 17694
cofemer@cofemer.gob.mx
Para saber más sobre el Reglamento de la producción orgánica en México. Haz click aquí.
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